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Precisan programa piloto para dar seguridad social a trabajadores de plataformas digitales

  • Algunas “letras “chiquitas” del proyecto: todavía no se precisan aspectos como deducciones como gasolina, celular o mantenimiento del vehículo.
  • Un trabajador de plataforma que gana menos de un salario mínimo mensual tiene derecho a seguridad social pero con condiciones.

POR Redaccion, 13:53 - 02 de Julio del 2025
Precisan programa piloto para dar seguridad social a trabajadores de plataformas digitales

Con la entrada en vigor del programa piloto del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para implementar la reforma a la Ley Federal del Trabajo, las plataformas digitales como Uber, DiDi, Rappi, entre otras, deberán asumir nuevas obligaciones en materia de seguridad social para sus repartidores y conductores.

Isaías López, director de Asuntos Públicos en Speyside Group —consultora especializada en asuntos corporativos y políticas públicas— explicó que estas empresas están obligadas a registrarse formalmente como plataformas digitales ante el IMSS, así como a cumplir con una serie de responsabilidades adicionales:

  • Pre-registrar a los conductores y repartidores en cuanto se integren a la plataforma.
  • Reportar los ingresos mensuales de cada trabajador.
  • Dar de baja a quienes no cumplan con los requisitos, dentro de los primeros cinco días de cada mes.
  • Retener y enterar las cuotas de seguridad social, a más tardar el día 17 del mes siguiente.

López detalló en un artículo que, de acuerdo con la reforma, los trabajadores que generen al menos un salario mínimo mensual deben estar obligatoriamente afiliados al IMSS. Sin embargo, incluso quienes no alcancen este umbral tienen derecho a recibir seguridad social en caso de accidente o enfermedad laboral. En esas circunstancias, la plataforma deberá cubrir sus cuotas ante el Instituto durante todo el periodo de incapacidad.

El IMSS calculará el Salario Base de Cotización (SBC) dividiendo el ingreso neto mensual entre los días calendario del mes correspondiente. A partir de esta base, se determinará el monto de las cuotas obrero-patronales.

Además, con la información proporcionada por las plataformas dentro de los primeros cinco días hábiles de cada mes, el IMSS expedirá una propuesta de pago de cuotas a más tardar el día 10 del mismo mes.

Respecto a los gastos operativos como gasolina, celular o mantenimiento de vehículos, López señaló que aún no existe una definición clara sobre su deducibilidad o impacto en el cálculo de ingresos. “Uno de los principales cuestionamientos es que los ingresos brutos no reflejan con precisión la ganancia real, ya que los trabajadores deben cubrir diversos costos para poder operar”, puntualizó.

El directivo refirió que, desde la reforma fiscal de diciembre de 2019, existe un apartado específico en la Ley del Impuesto sobre la Renta (ISR) para regular los servicios prestados a través de plataformas tecnológicas. Este régimen implica el pago de impuestos mediante retenciones aplicadas directamente por las plataformas. “Hasta el momento, no hay disposiciones nuevas que modifiquen este esquema para conductores y repartidores, pero será importante estar atentos a lo que defina el SAT en los próximos meses”, concluyó.

Cabe recordar que el pasado 27 de junio, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) las Disposiciones de carácter general que determinan los procedimientos relativos al cálculo del ingreso neto de las personas trabajadoras de plataformas digitales. Estas disposiciones son un paso clave en la implementación de la reforma laboral en materia de trabajo en plataformas digitales, vigente a partir del 22 de junio de 2025.

-Fin de nota-

Revisa más sobre el tema:

Nuevas reglas para calcular el ingreso neto de quienes trabajan en plataformas digitales

Cerca de 700 mil trabajadores de plataformas digitales accederán a nuevos derechos con reforma de la STPS

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