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Ley 73 ofrece hasta 10 veces más rendimiento que la Ley 97 en la Modalidad 40

Los trabajadores que busquen pensionarse con la Ley ´73 (registrados en el Seguro Social antes del primero de julio del ´97), obtendrán un beneficio extra que son los recursos que tengan en su Afore, lo que les dará un efecto exponencial a su jubilación a la hora de su retiro.

POR Redaccion, 07:02 - 22 de Septiembre del 2025
Ley 73 ofrece hasta 10 veces más rendimiento que la Ley 97 en la Modalidad 40

En opinión de Jorge Alarcón, líder de Retiro en WTW, ingresar a la Modalidad 40 representa un beneficio tanto bajo la Ley del 97 como bajo la Ley del 73. Sin embargo, su impacto es distinto: en la primera se trata de una decisión de inversión, mientras que en la segunda es una forma de incrementar las semanas cotizadas y mejorar el promedio salarial registrado en las últimas 250 semanas (casi cinco años), lo que se traduce en una pensión más alta.

Entrar a la Modalidad 40 bajo la Ley del 97 puede servir para alcanzar el mínimo de semanas cotizadas, que ronda las mil, y así obtener una pensión mínima. También puede combinarse con un esquema de ahorro que fortalezca el retiro y mejore la pensión”, explicó.

No obstante, advirtió que la relación costo-beneficio es mucho más favorable en la Ley del 73 que en la del 97. “En la primera, por cada peso aportado, el rendimiento puede equivaler a dos o tres pesos en valor presente, e incluso alcanzar hasta 10 o 12. En cambio, en la Ley del 97, lo que se ahorra es lo que se recibe: un rendimiento competitivo, pero limitado a la proporción uno a uno de lo aportado”, precisó.

Sobre los requisitos para registrarse en la Modalidad 40, Alarcón detalló que es necesario:

  • Haber estado inscrito previamente en el régimen obligatorio del IMSS.
  • Contar con al menos 500 semanas cotizadas.
  • Haber causado baja en el último empleo.
  • No estar recibiendo una pensión por cesantía en edad avanzada o vejez.
  • Realizar la inscripción dentro de los cinco años posteriores al cese laboral.

El especialista recordó que solo quienes comenzaron a cotizar en el IMSS antes del 1 de julio de 1997 pueden acceder a los beneficios de la Ley del 73, lo que les otorga ventajas en el momento de la jubilación. Entre ellas, recibir tanto la pensión calculada por el instituto como los recursos acumulados en su Afore (aportaciones por cesantía en edad avanzada, vejez y retiro), lo que se traduce en un ingreso mayor.

En contraste, quienes están bajo la Ley del 97 únicamente contarán con los recursos de su Afore al jubilarse. Estos se entregan de dos formas: mediante una renta vitalicia, pagada por una aseguradora mientras el pensionado viva (con un mínimo garantizado de 10 años), o a través de retiros programados. En caso de fallecimiento antes de tiempo, los recursos pasarán a los beneficiarios registrados.

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