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Finaliza indagación interna sobre solicitud de revisión en RV Fresh Foods bajo reglas del T-MEC

Los resultados de la investigación fueron compartidos por México al Gobierno de Estados Unidos el pasado 1 de abril.

POR Redaccion, 13:07 - 10 de Abril del 2024
Finaliza indagación interna sobre solicitud de revisión en RV Fresh Foods bajo reglas del T-MEC

Como parte del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR) del Tratado entre los Estados Unidos Mexicanos, los Estados Unidos de América y Canadá (T-MEC), las secretarías de Economía (SE) y del Trabajo y Previsión Social (STPS), concluyeron la investigación interna sobre la presunta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la planta de RV Fresh Foods, ubicada en Uruapan, Michoacán.

Los resultados constataron la existencia de acciones por parte de Fresh Foods que pueden constituir transgresiones a la legislación laboral mexicana y una denegación a estos derechos, tales como:

● Injerencia patronal en asuntos sindicales tendiente a obstaculizar el libre desarrollo de las actividades del Sindicato Nacional de Trabajadores y Empleados de la Industria del Comercio, Alimenticia, Textil, Automotriz, Metalúrgica, Servicios y Distribución “Generalísimo José María Morelos y Pavón” de la Confederación Central Nacional (Cocena), a través de tres acciones:

a. restringir el acceso a la Cocena para realizar actividades sindicales al interior de la empresa;

b. intervenir en el proceso de elección de delegados sindicales, a través de la asignación de quienes, a consideración de la empresa, deberían desempeñar estos cargos; y

c. en acuerdo con la Cocena, Fresh Foods realizaba un pago mensual a dicho sindicato en sustitución de las cuotas sindicales.

● Existen indicios para afirmar que el Contrato Colectivo de Trabajo (CCT) celebrado entre la Cocena y Fresh Foods se originó como un CCT de protección.

Al respecto, durante el periodo de investigación, la empresa en coordinación con la STPS, realizó las siguientes acciones de reparación:

  1. Publicó y difundió una carta de compromiso de neutralidad en asuntos sindicales y un documento que define los lineamientos de conducta por parte del personal de la empresa;
  2. Proporcionó una capacitación a todas las personas trabajadoras de la planta sobre el contenido de la carta de neutralidad y los lineamientos de conducta;
  3. Facilitó que la STPS impartiera una capacitación a todas las personas trabajadoras de la planta, sobre los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva.
  4. Participó en dos mesas de conciliación con la Cocena, organizadas por la STPS y mediadas por el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral, en las que se atendieron las solicitudes del Sindicato incluidas en la queja al amparo del MLRR.

No obstante, considerando la corresponsabilidad entre Fresh Foods y Cocena, respecto a la probable denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva, México solicitó a Estados Unidos celebrar consultas de buena fe entre ambos gobiernos, de conformidad con el párrafo 6 del Artículo 31-A.4 (solicitudes de Revisión y Reparación) del Anexo 31-A del T-MEC.

 

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