Hasta el 23% de los puestos de trabajo en el país son susceptibles de realizarse en modalidad de teletrabajo, por lo que hay una población de aproximadamente 13 millones de personas que podrían verse protegidos por esta nueva normativa.
Las especialistas de 1DOC3, Ariana Cea Hernández, Directora de Salud México, y Paola Navarro, Jefe de Psicología, coinciden en señalar que la NOM-037 permitirá a los patrones tener una certeza sobre las condiciones a establecer en la modalidad de teletrabajo, y cómo atender todas las necesidades de sus colaboradores.
“Se dará también una visión integral del género, y brindará una certeza sobre qué condiciones pueden establecer en dicha modalidad. Cabe recalcar que el patrón es responsable de la seguridad y salud en el trabajo, y estas responsabilidades aplican sobre todos los empleados, así tengan una modalidad de trabajo a distancia”, añaden.
En este contexto, emiten tres recomendaciones para que las empresas cumplan con la NOM-037:
Ambas expertas resaltan la importancia de las nuevas tecnologías como recurso prioritario no solamente para el ejercicio laboral, sino también a manera de prevención ante los riesgos que pueden experimentarse al desempeñar las actividades laborales y que promuevan las condiciones de salud necesarias a fin de prevenir accidentes y enfermedades.
Algunas empresas, indican, como parte de su oferta de atención en salud y medios preventivos, proveen acceso a consultorios médicos virtuales que permiten recibir una atención médica continua cuando una visita no es necesaria o posible; por otro lado, diversas tecnologías permiten mantener un control de la salud de manera remota, a través de aplicaciones Web o móviles de monitoreo (por ejemplo, de glucosa en sangre).
En este marco, la empresa de telemedicina recordó que el pasado 15 de julio, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el proyecto de la Norma Oficial Mexicana en materia de Teletrabajo, aprobado por el Comité Constitutivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo (CCNNSST).
Durante los siguientes 60 días, la STPS recibirá sugerencias, comentarios, adiciones, eliminaciones y otras modificaciones. Luego de ello, la Autoridad Normalizadora analizará estos comentarios y elaborará las respuestas. Una vez aprobadas, se publicará en el Diario Oficial de la Federación, para que su entrada en vigor ocurra en un plazo no menor a 180 días naturales posteriores. Es decir, entrará en vigor el primer semestre del 2023.
Según la Ley, se considera que una persona labora en esta modalidad de teletrabajo cuando trabaja más del 40 por ciento de su jornada en un sitio distinto al centro de trabajo de la organización haciendo uso de herramientas y tecnologías de la información.
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