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NOM-037 brindará certeza sobre implementación del teletrabajo

Hasta el 23% de los puestos de trabajo en el país son susceptibles de realizarse en modalidad de teletrabajo, por lo que hay una población de aproximadamente 13 millones de personas que podrían verse protegidos por esta nueva normativa.

POR Redaccion, 22:05 - 02 de Agosto del 2022
NOM-037 brindará certeza sobre implementación del teletrabajo

Las especialistas de 1DOC3, Ariana Cea Hernández, Directora de Salud México, y Paola Navarro, Jefe de Psicología, coinciden en señalar que la NOM-037 permitirá a los patrones tener una certeza sobre las condiciones a establecer en la modalidad de teletrabajo, y cómo atender todas las necesidades de sus colaboradores.

Se dará también una visión integral del género, y brindará una certeza sobre qué condiciones pueden establecer en dicha modalidad. Cabe recalcar que el patrón es responsable de la seguridad y salud en el trabajo, y estas responsabilidades aplican sobre todos los empleados, así tengan una modalidad de trabajo a distancia”, añaden.

En este contexto, emiten tres recomendaciones para que las empresas cumplan con la NOM-037:

  • Considerar la implementación de la NOM-037 no solamente como un criterio normativo, sino cómo un medio para establecer y crear las condiciones propicias para los teletrabajadores en cuanto a la prestación de sus servicios, a fin de garantizar un bienestar integral a nivel individual y un correcto desempeño de sus funciones.
  • Establecer estrategias preventivas orientadas a mantener el bienestar de los trabajadores en formato de teletrabajo, haciendo uso de recursos cómo la telemedicina, que garantiza el acceso a la salud de manera inmediata y que brinda un soporte en diferentes aspectos de la vida del colaborador.
  • Valorar a la telemedicina y el teletrabajo cómo medios o recursos que, si bien presentaron un auge mayor debido a las condiciones tras la pandemia, el crecimiento exponencial de su implementación enmarca a ambos elementos cómo factores que llegaron para quedarse y que, por ende, tendrán un impacto significativo en cada persona que opte por su implementación, buscando un balance entre la vida personal, laboral y la salud de las personas.

Ambas expertas resaltan la importancia de las nuevas tecnologías como recurso prioritario no solamente para el ejercicio laboral, sino también a manera de prevención ante los riesgos que pueden experimentarse al desempeñar las actividades laborales y que promuevan las condiciones de salud necesarias a fin de prevenir accidentes y enfermedades.

Algunas empresas, indican, como parte de su oferta de atención en salud y medios preventivos, proveen acceso a consultorios médicos virtuales que permiten recibir una atención médica continua cuando una visita no es necesaria o posible; por otro lado, diversas tecnologías permiten mantener un control de la salud de manera remota, a través de aplicaciones Web o móviles de monitoreo (por ejemplo, de glucosa en sangre).

En este marco, la empresa de telemedicina recordó que el pasado 15 de julio, la Secretaría de Trabajo y Previsión Social (STPS) publicó el proyecto de la Norma Oficial Mexicana en materia de Teletrabajo, aprobado por el Comité Constitutivo Nacional de Normalización de Seguridad y Salud en el Trabajo (CCNNSST).

Durante los siguientes 60 días, la STPS recibirá sugerencias, comentarios, adiciones, eliminaciones y otras modificaciones. Luego de ello, la Autoridad Normalizadora analizará estos comentarios y elaborará las respuestas. Una vez aprobadas, se publicará en el Diario Oficial de la Federación, para que su entrada en vigor ocurra en un plazo no menor a 180 días naturales posteriores. Es decir, entrará en vigor el primer semestre del 2023.

Según la Ley, se considera que una persona labora en esta modalidad de teletrabajo cuando trabaja más del 40 por ciento de su jornada en un sitio distinto al centro de trabajo de la organización haciendo uso de herramientas y tecnologías de la información.

 

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