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México y EUA alcanzan acuerdo positivo en el caso Goodyear-SLP bajo el T-MEC

Se determinó la existencia de ciertas acciones por parte de la empresa que pudieron haber constituido una denegación a tales derechos.

 

POR Redaccion, 13:08 - 09 de Febrero del 2024
México y EUA alcanzan acuerdo positivo en el caso Goodyear-SLP bajo el T-MEC

En el marco del Mecanismo Laboral de Respuesta Rápida en Instalaciones Específicas (MLRR) del Tratado entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS) y la Secretaría de Economía (SE), dieron a conocer el cierre del caso sobre la presunta denegación de derechos de libertad de asociación y negociación colectiva en la planta de Goodyear México, ubicada en San Luis Potosí, San Luis Potosí.

En los resultados de la investigación que México compartió a Estados Unidos el 18 de julio de 2023, ambos gobiernos acordaron un Plan de Reparación, el cual se ha cumplido en su totalidad al día de hoy. Se destacan las siguientes acciones realizadas por la empresa en dicho Plan:

  1. Publicó y difundió una carta de compromiso de neutralidad en asuntos sindicales y un documento que define los lineamientos de conducta por parte del personal de la empresa;
  2. Capacitó a todo el personal sobre la carta de neutralidad, los lineamientos de conducta, así como los derechos a la negociación colectiva, libertad de asociación y Contrato Ley;
  3. Facilitó que la STPS impartiera 19 sesiones de capacitación a todas las personas trabajadoras de la planta sobre los derechos de libertad de asociación y negociación colectiva;
  4. La empresa entregó un listado de los trabajadores en activo en la instalación de los últimos 12 meses;
  5. Logró negociar, acordar y firmar con el sindicato cinco convenios singulares para la correcta y plena aplicación del Contrato Ley;
  6. Se comprometió a continuar aplicando todos y cada uno de los salarios y prestaciones previstas en el Contrato Colectivo de Trabajo negociado en 2022 o que se proporcionan actualmente a los trabajadores cubiertos que sean superiores a los términos del Contrato Ley hasta el momento en que se llegue a un acuerdo con los trabajadores a través de un proceso de negociación colectiva.;
  7. Compensó completamente a cada trabajador cubierto por el contrato, por cualquier salario o prestación que el trabajador no haya recibido como resultado de la falta de aplicación del Contrato Ley;
  8. Informó de manera periódica y constante a México sobre los avances en la implementación de las acciones del Plan de Reparación;
  9. Distribuyó la copia más reciente del Contrato Ley (2015) y su revisión integral (2017) a todas las personas trabajadoras de la planta;
  10. Se comprometió a apoyar el derecho de sus trabajadores a determinar su proceso de certificación y representación sindical sin coerción;
  11. Instaló y dio a conocer la existencia de un buzón electrónico directo anónimo y confidencial para presentar denuncias por violaciones; y
  12. La empresa publicó información sobre cómo los trabajadores pueden presentar denuncias ante México, relativas a violaciones a derechos, discriminación, amenazas, represalias, acoso o violencia.

Derivado de lo anterior, los gobiernos de México y Estados Unidos concluyeron que los hechos que fueron materia de la solicitud de revisión en el marco del MLRR quedaron solventados después del pleno cumplimiento del Plan de Reparación.

 

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