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Comisión de Diputados aprueba dictamen contra violencia laboral hacia las mujeres

La reforma pretende garantizar la implementación de medidas efectivas, convertir los protocolos en acciones tangibles, que no sólo estén impresos en papel, pues es imperativo que las autoridades del Estado mexicano asuman la misión de promover espacios libres de acoso y hostigamiento.

 

POR Redaccion, 13:02 - 01 de Febrero del 2024
Comisión de Diputados aprueba dictamen contra violencia laboral hacia las mujeres

La Comisión de Igualdad de Género, que preside la diputada Julieta Kristal Vences Valencia (Morena), aprobó por mayoría el dictamen a la iniciativa que reforma la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, y la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres, en materia de violencia laboral.

Este dictamen está enfocado a generar las herramientas de política pública necesarias para combatir el acoso laboral y sexual que sufren muchas mujeres en sus centros de trabajo, donde se supone que deberían sentirse valoradas, respetadas y libres de cualquier tipo de intimidación.

Vences subrayó que miles de mujeres padecen a diario acoso y hostigamiento por parte de sus mismos compañeros, cuyos actos no sólo afectan el desempeño de sus actividades, sino vulneran su salud mental y, en muchas ocasiones, lo que logran con esto es obligarlas a renunciar; ello afecta a su familia y a sus hijos, sobre todo cuando son el sustento de su hogar.

Aseguró que muchas veces quien sufre este tipo de violencia no la identifica porque es muy sutil y se normaliza; se duda si es violencia o no, y muchas veces también los violentadores o agresores no reconocen que la ejercen.

Precisó que se necesita generar, desde la Cámara de Diputados, normas que logren empatía y sirvan como herramienta para que las mujeres se puedan sentir libres y seguras en sus trabajos, que muchas veces se convierte en su segunda casa.

El dictamen reforma el artículo 46 Bis de la Ley General de Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los artículos 34, 38 y 40 de la Ley General para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.

Con base en ello, se señala que corresponde a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social vigilar los mecanismos al interior de los centros de trabajo para prevenir, atender, sancionar y erradicar el acoso laboral, así como el acoso y el hostigamiento de carácter sexual.

Asimismo, establecer condiciones de trabajo para prevenir, atender, sancionar y erradicar el acoso laboral; también el acoso y el hostigamiento de carácter sexual, a través de protocolos, campañas informativas, capacitación y mecanismos de atención.

De igual forma, impulsar mecanismos que garanticen la prevención, atención, sanción y erradicación de la violencia y discriminación en razón de género en el ámbito laboral.

 

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